Larespuesta es SÍ, con toda seguridad. No hay ningún artículo en la Ley de Propiedad Horizontal que prohíba de manera expresa el uso de barbacoas en terrazas y jardines. Otra cosa muy distinta sería que uno de los propietarios o inquilinos aprovechara una zona ajardinada y común para celebrar sus comilonas privadas.